Montesquieu, Cartas persas, 11
En la carta XCIV sobre el derecho público, denuncia amargamente en qué se ha convertido éste: se puede afirmar que las pasiones de los príncipes, la paciencia de los pueblos y la adulación de los escritores han corrompido todos sus principios. Hoy, este derecho es una ciencia que enseña a los príncipes hasta qué punto, pueden violar la justicia sin atentar contra sus intereses. A continuación, asigna al derecho público la regulación de las diferencias que surgen entre los pueblos (???). Termina Usbek diciendo que en otra carta te explicaré lo que pienso sobre este tema.
La carta en cuestión es la XCV, nos habla de diferencias entre pueblos, de guerras, de alianzas, de tratados de paz y de cuatro actos de justicia.
Y aquí se impone hacer un alto y considerar un par de cuestiones. Las diferencias entre derecho público y privado han sido motivo de debate durante mucho tiempo, pero ya en el siglo XVIII se estableció una clara separación entre ellos.
El derecho público, es la rama del derecho que regula los vínculos que se establecen entre los individuos y las entidades privadas con los órganos relacionados con el poder público, siempre que estos actúen amparados por sus potestades públicas legítimas y en base a lo que la ley establezca.
En el derecho privado, que se ocupa de las acciones jurídicas entre particulares, las relaciones son de igualdad y las normas son dispositivas, actúan cuando no hay acuerdo. En el público, la relación más usual es de desigualdad, el poder público está en una posición soberana, las normas son imperativas y persiguen la consecución de un interés público.
¿ Dónde entra lo de las guerras, alianzas y demás que tienen difícil cabida en las ramas del derecho que hemos visto ?
Ya en Roma existía un derecho de gentes, en él se reunían todas las normas comunes a todos los pueblos, llegando en el 242 a.C. a regir las relaciones de los ciudadanos romanos con extranjeros, y las de estos entre sí.
Es el dominico Francisco de Vitoria, teólogo, filósofo y jurista quien, ya en el siglo XVI, elaboró una teoría moderna del derecho de gentes, donde establecía la necesidad de la existencia de normas superiores a las de los Estados particulares con vigencia universal, para regir las relaciones entre los distintos pueblos por las leyes y la justicia, y no por la fuerza y la dominación. Tendremos que esperar al siglo XX y a dos guerras desgarradoras para que tímida y lentamente iniciemos este camino, que la experiencia nos muestra va a ser muy largo.
Es de este derecho de gentes del que me parece que nos habla Montesquieu que al final de su carta nos dice: esto es, Redi, lo que yo llamo derecho público. Éste es el derecho de gentes, o más bien, el de la razón.
Sin abandonar aún el tema de las leyes, en CXXIX, nos habla de los legisladores, hoy la mayor parte de las leyes nacen en los Parlamentos; en el momento que nos ocupa, con una monarquía absolutista cuyo origen era divino, la división de poderes estaba por definir.
La opinión que les merece resulta clara desde el primer párrafo: la mayoría de los legisladores han sido hombres de corto entendimiento que el azar ha puesto por encima de los demás y que casi siempre se han dejado guiar por sus prejuicios y sus fantasías. Les acusa de estrechez de miras, ven las cosas por partes sin llegar a una visión general. Arremete contra el lenguaje que emplean, distinto del vulgar calificándolo de absurdo, y se pregunta: ¿Cómo se pueden observar las leyes si no se conocen?
Consciente de que en algunas ocasiones hay que cambiar ciertas leyes, aconseja que hay que hacerlo con mano temblorosa para que el pueblo, saque la conclusión de que son santas, puesto que exigen tantas formalidades para suspenderlas.
"Sean cuales sean las leyes, siempre hay que cumplirlas y verlas como una conciencia pública a la cual debe someterse la conciencia de cada individuo."
Y pasa a defender la autoridad paterna que para él es un signo de sabiduría, de todos los poderes es del que se abusa menos nos dice.
"Las costumbres siempre forman mejores ciudadanos que las leyes."
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