Plinio el Joven, Epistolario, 22
Con motivo de un incendio en una ciudad que carece de medios para sofocarlos (10,33), Plinio solicita crear una corporación de bomberos, aún sabiendo que va contra las directrices que le han marcado. Ya al final de la República, el Senado abolió muchas asociaciones y colegios profesionales por temor a que se conspirase contra el estado y es la misma razón que le da Trajano en su respuesta negativa, hemos de recordar que esa provincia y dentro de ella especialmente esa ciudad se han visto perturbadas por facciones de ese tipo. Cualquiera que sea la denominación que demos a un grupo de personas reunidas para un mismo fin, cualesquiera que sean las razones por las que les permitamos asociarse, acabarán convirtiéndose en sociedades secretas y eso en un breve plazo de tiempo. Cuestión ésta que no debemos olvidar cuando hablemos (hablen) de los cristianos.
En la respuesta a la carta 92 se matiza el asunto de las asociaciones en su tiempo. Con motivo de la respuesta en el caso de los bomberos, Plinio publicaría un decreto prohibiendo las asociaciones, y en este caso, una ciudad con el título de libre, lo que significa que no estaba bajo la jurisdicción de un gobernador romano ni jurídica ni administrativamente, protestaría por la intromisión en asuntos que afectaban a su propia legislación, en concreto a una asociación de asistencia mutua (una especie de seguro o beneficencia bajo la protección de alguna divinidad a la que se le rendía culto y que organizarían banquetes comunales, se encargarían de los funerales y de socorrer a los más necesitados), si en virtud de su propia legislación, de la que tienen derecho a servirse por el tratado de alianza establecido con Roma... les está permitido constituir una asociación de mutua asistencia, no podemos impedir que la constituyan. Concedemos nuestra autorización con tanto mayor agrado si el fin de semejante institución no es provocar tumultos y celebrar reuniones ilícitas, sino socorrer a los más pobres en sus necesidades. Sin embargo, en todas aquellas ciudades que estén sometidas a nuestra legislación, debe prohibirse una asociación de este tipo.
En general, en la medida de lo posible, se respetaban las leyes particulares y las costumbres de las regiones sometidas a Roma. Pero en la 108, sobre la preferencia de cobro de los municipios de las deudas que se les deben, Trajano le comenta que sean examinadas según la legislación que rija en ellas pero que si no, no es adecuado que yo les otorgue dicho privilegio en perjuicio de los ciudadanos particulares.
No es la primera vez que se anteponen los derechos particulares a los de las instituciones del estado. Algo que se debería volver a tener en cuenta hoy día en que las controversias con la administración se solucionan con un primero pagas y luego reclamas. En la respuesta a la carta 110, sobre una denuncia (motivada seguramente por motivos políticos) de un funcionario municipal encargado de temas fiscales a un particular a quien el Consejo del municipio donó veinte años atrás una importante suma de dinero, algo que estaba prohibido entonces y por la cual le reclamaba que devolviese el dinero recibido, en su respuesta decía, no se aprecia ningún afán recaudatorio. De Trajano a Plinio, 111: Es cierto que mis órdenes prohíben que se lleven a cabo liberalidades a costa del dinero público, pero también lo es que, para no arruinar la tranquilidad de muchos, no conviene ponerse ahora a revisar y reclamar la anulación de aquellas liberalidades que hayan sido concedidas mucho tiempo atrás. Quiero mirar en todo el Imperio en la misma medida por el bienestar de mis ciudadanos que por la recta administración de los fondos públicos.
¡Qué pocos pueden atreverse a decir lo mismo! Y nació en Hispania y cerca de Sevilla...
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